Ante palo de la SCJN a Plan B, Cuitláhuac se va a la CDMX a protestar

 Prosa aprisa



Arturo Reyes Isidoro


En las redes sociales está circulando un video donde se ve a personal administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) repartiendo un periodiquito, presuntamente propaganda a favor del subsecretario de Finanzas Eleazar Guerrero Pérez y su grupo “Unidos Todos”.


En las imágenes se ve cuando una mujer, que el autor del video, quien se identifica como Juan Carlos Tovar Reyes, reconoce como Elba Rocío Cerecedo Leyva, sale corriendo cuando se da cuenta que los está filmando. Él afirma ser dirigente de “Resistencia Veracruzana”.


El grupo en su mayoría está formado por mujeres y visten el típico uniforme de la SSP, blusa o camisa blanca y pantalón azul marino. Uno de los hombres que las acompaña trata de impedir que los graben y otra mujer, a su vez, filma a quien los está filmando.


Presuntamente la mujer es la enlace administrativa de la SSP en la Región 20, a la que pertenece Xalapa. El hecho habría ocurrido en horas hábiles el pasado 5 de mayo en una colonia de la capital del estado. Cuando lo encaran, el autor del video les responde y les pregunta si no deberían estar trabajando en sus oficinas.


Aunque le pide a un hombre relativamente joven que le muestre lo que están repartiendo casa por casa, este se niega, pero otro que acompaña a las mujeres, quién sabe si a propósito para exhibir lo que traen y molesto por lo que los traen haciendo, hace como que se abanica la espalda con uno de los periodiquitos, para que se vea, lo que queda grabado.


Si no fuera porque todavía no inicia el proceso electoral 2023-2024, el hecho podría ser constitutivo de un delito electoral porque se estaría haciendo propaganda con recursos públicos, lo que podría llevar al candidato al que se promueve a perder la candidatura. Seguramente la oposición ya tiene y guarda el video para presentar una queja con la respectiva prueba, si es que procede.


El ejemplo ilustra el alcance del fallo de la Suprema Corte


El ejemplo cae como anillo al dedo para ilustrar de la forma más gráfica posible el alcance que tiene el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que echó abajo ayer la primera parte –la reforma a dos de seis leyes– del llamado Plan B de la Reforma Electoral del presidente López Obrador, publicado el pasado 2 de marzo en el Diario Oficial de la Federación, que, entre otras cosas, daba manga ancha a los partidos (con dedicatoria a Morena, obviamente) para hacer proselitismo y actos anticipados de campaña con recursos públicos.


El revés de la Corte fue por graves violaciones al debido proceso legislativo. Los ministros que votaron a favor de invalidar las reformas fueron Alberto Pérez Dayán (ponente), Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Pardo, Javier Laynez y Norma Lucía Piña (presidenta). Solo aprobaron la propuesta de AMLO las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz.


Lo que el presidente pretendía con su reforma era acabar con la equidad en la contienda. La Constitución establece –y así queda con la decisión de la Corte ayer– que toda propaganda gubernamental debe suspenderse durante las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, con excepción de las de salud, educación y protección civil, para generar equidad y certeza.


Además, faculta al INE para fiscalizar los ingresos y egresos de partidos y las y los precandidatos y candidatos, que en caso de no cumplir tienen sanciones como perder la candidatura.


La reforma que echó abajo la Suprema Corte no consideraba propaganda a la promoción no etiquetada presupuestalmente como tal (como el reparto del periodiquito) o a través de manifestaciones de las y los servidores públicos “en uso de su libertad de expresión” (como el uso de las mañaneras para promover en forma abierta a Morena y sus candidatos) o “en el ejercicio de sus funciones públicas” (como el uso de personal en horas de trabajo, como los de la SSP) y permitía campañas de información relativas a “servicios públicos”. 


La propuesta de López Obrador establecía que en ningún caso se podía perder el registro como persona precandidata o candidata en los casos en que se omitiera presentar el informe de precampaña o rebasaran el tope de gasto (lo que abría hasta la posibilidad de que se usaran recursos de grupos delictivos).


Aparte de que el máximo tribunal invalidó la reforma a la Ley General de Comunicación Social, lo hizo también con la Ley de Responsabilidades Administrativas en materia electoral. Con esta última el gobierno obradorista buscaba reducir la estructura del Instituto Nacional Electoral (INE), así como acotar la duración de los procesos electorales.


Actualmente el INE cuenta con el Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) y su rama administrativa, que son trabajadoras y trabajadores capacitados y profesionales que de 2014 a la fechan han organizado 330 elecciones federales, locales, de participación ciudadana y de elección interna de partidos con altos estándares de calidad, con confianza, certeza y eficiencia. 


La reforma que había propuesto AMLO buscaba reducir en 84.6% el SPEN y desaparecer la rama administrativa, con lo que se modificaba la estructura del INE y se vulneraba su autonomía e independencia para garantizar comicios libres, auténticos y periódicos.


Si esa reforma la hubiera aprobado la Corte se hubiera puesto en riesgo la organización de elecciones y de mecanismos de participación ciudadana como la Consulta Popular y la Revocación de Mandato, afectándose los derechos políticos electorales y de identidad de la ciudadanía, así como los derechos laborales de trabajadoras y trabajadores del INE, pues de los 2,571 que hay hubieran sido despedidos 2,175 y quedado solo 396. Esos trabajadores ingresaron al SPEN mediante un concurso público y no por recomendación o compadrazgo; por méritos y su competencia.


Ahora, en otra sesión la SCJN discutirá las reformas de la segunda parte del Plan B: las de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; así como de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, que se agregó.


Esta vez sí reaccionó Cuitláhuac


En esta ocasión sí reaccionó el gobernador Cuitláhuac García Jiménez luego del fallo de la SCJN. En sus cuentas de las redes sociales publicó: 


“Nuevamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación se excede al invalidar la reforma electoral. El plan B es constitucional y fue resuelto por la soberanía de un poder emanado por el voto directo y universal del pueblo. Urge instalar el respeto entre poderes fuera de intereses corruptos que invaden la SCJN”.


Por la noche se sumó a un manifiesto público de la diputación de Morena en el Congreso local mediante el cual se convoca a una “Concentración (‘pacífica’) por la Defensa de la Soberanía del Pueblo y contra la Corrupción que Invade a la SCJN”, el próximo sábado a las 12 del día frente a la sede de la Suprema Corte.


La publicación la encabeza la presidenta de la Mesa Directiva Margarita Corro Mendoza y la secundan sus compañeros encabezados por el líder de la diputación guinda, Juan Javier Gómez Cazarín. 


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