JUICIOS DE AMPARO O DE NULIDAD, LA ESPERANZA DE COLEGIOS PARTICULARES ANTE NOM 237; SU ANULACIÓN, OTRA POSIBILIDAD

 

 

 

 

 







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JUICIOS DE AMPARO O DE NULIDAD, LA ESPERANZA DE COLEGIOS PARTICULARES ANTE NOM 237; SU ANULACIÓN, OTRA POSIBILIDAD

* Las instituciones particulares de educación dicen tener 80 por ciento de los amparos hechos y sólo esperan la publicación de la norma en el DOF para completarlos

 


Ciudad de México, a 21 de septiembre de 2021


Frente a la publicación de la NOM 237 que el Gobierno Federal pretende aplicar a los colegios particulares a través de la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (PROFECO), la única defensa será exigir la aplicación del Estado de Derecho mediante los juicios de amparo o de nulidad, expresó Alfredo Villar Jiménez, presidente de la Asociación Nacional de Escuelas Particulares (ANEP), esta mañana durante el foro “Implicaciones y riesgos para las Instituciones Educativas Particulares de aprobarse la NOM 237”, con el que se festejan los 25 años de la Alianza para la Educación Superior (ALPES).

Una posibilidad más, aunque remota porque depende de la voluntad política de sus impulsores de aceptar su inviabilidad, es que el anteproyecto NOM 237 “Servicios educativos. Disposiciones a las que se sujetarán aquellos particulares que presten servicios en la materia”, sea declarado nulo por las propias autoridades porque, “como ya hemos acreditado, no es necesaria, no resuelve un problema grave y, sobre todo, el impacto para la ciudadanía será mayor con el incremento de las colegiaturas y cierre de colegios que no puedan soportar la nueva carga en sus finanzas”.

Itzel Carmona Gándara, presidenta de la Federación de Escuelas Particulares del Estado de Morelos, AC (FEPEMOR) e integrante de la Comisión Político Legal de la Confederación Nacional de Escuelas Particulares (CNEP), agregó que “aún tenemos esperanzas de que se determine su anulación, porque no hay materia y todavía hoy es el momento procedimental oportuno”, expresó

María Luis Flores del Valle, presidenta de ALPES, destacó los antecedentes de la normatividad desde la Secretaría de Economía, cuando el 10 de marzo 1992 la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI), publicó un acuerdo sobre bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares, respetado hasta 2016 cuando Economía y la Secretaría de Educación Pública firmaron un convenio para “evitar abusos a los padres de familia en escuelas particulares”. En su caso, la SE intervendría a través de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) sólo en cuestiones comerciales y publicidad, mientras la SEP vigilaría todo lo relacionado con la educación.

Por esto motivo, desde antes de que el anteproyecto fuera aprobado en el Grupo de Trabajo el 11 de Septiembre de 2020, los representantes de los colegios particulares se opusieron no sólo a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sino también a la continuación del mismo porque es claro que invade facultades de la SEP, sobre regula a las instituciones particulares y causa confusión porque “no somos industrias, ni establecimiento comerciales ni mercantiles como proveedores, sino prestadores de un servicio público”, expuso Flores del Valle.

Villar Jiménez destacó que de aprobar la NOM 237 como la tienen redactada al momento actual, las autoridades de la Secretaría de Economía y más directamente la Dirección General de Normas, estarían cometiendo un delito al querer ejercer facultades de las que carecen puesto que no están plasmadas en la Constitución ni en las Leyes Reglamentarias ni en las orgánicas de la Administración Pública Federal.

“El artículo 5 de la Ley Federal de Protección al Consumidor dice que sus actividades están exentas a situaciones que no sean de carácter mercantil y la educación no lo es”, expresó Villar. “ARTÍCULO 5.- Quedan exceptuadas de las disposiciones de esta ley, los servicios que se presten en virtud de una relación o contrato de trabajo, los servicios profesionales que no sean de carácter mercantil y los servicios que presten las sociedades de información crediticia”.

Luis Arturo Solís Bravo, presidente de la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF) aseguró que la NOM 237 atenta contra la escuela, por lo que su aprobación sumará a la ya difícil situación que enfrentan los colegios particulares que en los dos últimos ciclos escolares resintieron la deserción de 398 mil alumnos, los cuales “no sabemos si encontraron un lugar en la escuela pública”.

Expresó que como Unión Nacional de Padres de Familia exigen educación con calidad y que se ponga en el centro de la discusión “el bien superior de niños, adolescentes y jóvenes del país. Querer imponer una norma como la 237 es atentatorio de la educación en el país”.

Finalmente, en su intervención María del Pilar Martínez Aragón, presidente de la de la Asociación Nacional de Escuelas Preparatorias Particulares Incorporadas a la SEP (ANEPPI), reveló que ella recibió malos tratos por parte del equipo de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía durante el proceso de mesas de trabajo para buscar acuerdos.

Los colegios particulares crecieron de 1996 a 2005 de 11 por ciento a 26% de manera formal, al constituirse como una alternativa para los padres de familia ante la falta de capacidad y calidad en el sistema educativo nacional, al llegar a 45 mil escuelas de educación particular con 7 millones de alumnos desde kínder hasta nivel superior.

Pero los motivos para generar el proyecto de Norma NOM 237 son cerca de 4 mil quejas en cinco años propiciadas por la negación del servicio por falta de pago, rechazo a la devolución de cuotas devengadas y algunas por la desaparición de colegios y/o porque carecían del Registro de Validez Oficial (REVOE), que la convierte en una cifra significativamente pobre, con apenas 0.08 por ciento del universo de educandos que reciben enseñanza-aprendizaje en los colegios particulares.

Alfredo Villar Jiménez recalcó que los colegios particulares tienen al momento el 80 por ciento de las demandas de amparo resueltas y sólo esperan la publicación de la NOM 237 para completar el 20 por ciento y presentar los juicios, que tiene la certeza, seguramente ganarán, como ya lo hicieron al acuerdo de la SECOFI de 1992.



                                   


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