INFUNDADOS LOS AGRAVIOS FORMULADOS POR JOSE DE JESUS MANCHA Y OMAR ENRIQUE GUZMAN AVILES
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, en sesión pública, tres medios de impugnación relacionados con los procesos electorales que se llevarán a cabo el próximo domingo en los estados de Veracruz y Oaxaca.
Por unanimidad, el Pleno confirmó la resolución de la Sala Regional Xalapa del TEPJF, que en su oportunidad avaló los resultados del cómputo estatal y la lista de candidatos a diputados locales por el principio de representación proporcional del Partido Acción Nacional (PAN) en Veracruz.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar se declararon infundados los agravios formulados por José de Jesús Mancha Alarcón y Omar Enrique Guzmán Avilés, quienes denunciaron la inconstitucionalidad del acuerdo emitido el 26 de junio del año en curso por la Comisión Nacional de Elecciones del PAN, a través del cual se establecieron nuevas reglas para el procedimiento de escrutinio y cómputo de votos en el proceso de selección interno.
El Pleno de la Sala Superior concluyó que no asiste la razón a los actores, quienes argumentaron que dichos cambios son contrarios a lo establecido en el penúltimo párrafo de la fracción segunda del artículo 105 de la Constitución federal, que prohíbe promulgar y modificar leyes electorales 90 días antes de que inicie el proceso electoral.
Lo anterior, porque dicho precepto constitucional no puede contrastarse con las normas y disposiciones de los partidos, pues su ámbito material y espacial de validez no incluye ese tipo de normas.
Más adelante, el Pleno desechó dos medios de impugnación relacionados con el proceso electoral local en Oaxaca, en un caso, por haberse presentado de manera extemporánea, y en el otro, por no surtir los efectos previstos para la promoción del recurso de reconsideración.
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Publicado por Blogger en Diario de El Huasteco el 7/05/2013 07:54:00 p.m.
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