APROBÓ CONGRESO DE VERACRUZ REFORMAS A LA LEY DE TRÁNSITO


El Pleno Legislativo del Congreso de Veracruz en sesión extraordinaria celebrada en la Fortaleza de San Carlos, del municipio de Perote, aprobó por unanimidad reformas a diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte, Código Penal y Código Financiero del Estado.
Lo anterior a fin de establecer, entre otros aspectos importantes, que la Dirección de Tránsito, en coordinación con la Secretaría de Salud de la Entidad, opere y administre el servicio de medicina preventiva en el transporte, realizando exámenes médicos a conductores del servicio de transporte público, con cargo a los concesionarios o permisionarios.
Asimismo, designe y remueva a los servidores públicos que pertenezcan a la Dirección; expida las licencias de conducir y tarjetones de identificación a conductores de vehículos del servicio público; y sea, por sí o mediante apoderado legal, quien represente legalmente a la Dirección y a las Delegaciones dependientes de la misma y ejerza cualquier acción en contra de terceros, en los casos en que se vean afectados los bienes muebles e inmuebles que tienen bajo su resguardo.
Estas reformas aprobadas, disponen también que todos los vehículos deberán contar con pólizas de responsabilidad civil que amparen, al menos, los daños que se ocasionen a pasajeros o a terceros, y se establece la realización de exámenes toxicológicos que aplique la Dirección General con la Secretaría de Salud, como requisito para que un particular obtenga su licencia de chofer tipo “A”, lo cual resulta imperativo, ya que éstos transportan personas, previniendo accidentes con desenlaces fatales.
Del mismo modo, se prohíbe conducir un vehículo con temeridad, en estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefacientes u otras sustancias tóxicas sin prescripción médica. Además, para solucionar los problemas de unidades piratas y la invasión de rutas que deterioran la economía de los trabajadores del transporte público, se prohíbe la prestación del servicio de transporte público en cualquiera de las modalidades, sin concesión; la violación a esta disposición, con independencia de la sanción administrativa, también será sancionada en los términos del Código Penal.
De igual forma, a los servidores públicos que, en ejercicio de sus funciones, conduzcan en estado de ebriedad, serán inhabilitados de cinco a diez años para el ejercicio del servicio público.
A consecuencia de estas reformas, se modificaron diversos artículos del Código Penal y Código Financiero, para que exista plena congruencia con las reformas a la Ley de Tránsito y Transporte del Estado.
Por otro lado, se turnó a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, la Iniciativa que reforma el artículo 772 de Código Civil de la Entidad, presentada por el diputado Héctor Yunes Landa, para establecer que el valor máximo de los bienes que constituyan el patrimonio familiar será el equivalente de hasta treinta mil días de salario mínimo general, fijado para la zona económica donde estén ubicados en la fecha en que se constituya el patrimonio.
Estuvieron presentes en la sesión extraordinaria foránea representantes del Estado Mayor de la 26ª. Zona Militar, así como alcaldes de la región, integrantes de asociaciones civiles, alumnos del Colegio Guadalupe Victoria y público en general.

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