NIÑAS DE 12 AÑOS PUEDEN ABORTAR SIN INFORMAR A SUS PADRES NOM-046 La NOM-046 hace a un lado la patria potesdad, pues las niñas mayores de 12 años no requieren el consentimiento de sus padres o tutores para solicitar el aborto En días pasados fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la NOM-046 contra la violencia familiar y sexual. En dicha norma se cambia el concepto de aborto por el de interrupción voluntaria del embarazo. Con este cambio el aborto deja de ser un delito para convertirse en derecho de las víctimas. Desde que se publicó esta norma las mujeres y niñas mayores de 12 años podrán solicitar la interrupción del embarazo sin presentar una orden judicial, sólo con un documento escrito bajo protesta de decir verdad. La Secretaría de Salud deberá informar a todas las autoridades sanitarias que están obligadas a brindar la atención médica, y el servicio de aborto sin solicitar una autorización de por medio. Una consecuencia grave es que cualquier persona podrá solicitar los servicios de aborto al personal de las instituciones públicas de servicios de atención médica, con la simple protesta de decir verdad de que fue víctima de una violación, sin que requiera acreditar o probar su dicho. La norma también hace a un lado la patria potestad, pues las niñas mayores de 12 años no requieren el consentimiento de los padres o tutores para solicitar el servicio de aborto. Nuevamente el Estado se autonombra educador y custodio de los niños, intentando quitar esta función a los padres de familia. Los menores de edad no se pueden tatuar sin el consentimiento de los padres para proteger su salud, pero sí pueden abortar y pedir anticonceptivos.

NOM-046


La NOM-046 hace a un lado la patria potesdad, pues las niñas mayores de 12 años no requieren el consentimiento de sus padres o tutores para solicitar el aborto
En días pasados fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la NOM-046 contra la violencia familiar y sexual.
En dicha norma se cambia el concepto de aborto por el de interrupción voluntaria del embarazo. Con este cambio el aborto deja de ser un delito para convertirse en derecho de las víctimas.
Desde que se publicó esta norma las mujeres y niñas mayores de 12 años podrán solicitar la interrupción del embarazo sin presentar una orden judicial, sólo con un documento escrito bajo protesta de decir verdad.
La Secretaría de Salud deberá informar a todas las autoridades sanitarias que están obligadas a brindar la atención médica, y el servicio de aborto sin solicitar una autorización de por medio.
Una consecuencia grave es que cualquier persona podrá solicitar los servicios de aborto al personal de las instituciones públicas de servicios de atención médica, con la simple protesta de decir verdad de que fue víctima de una violación, sin que requiera acreditar o probar su dicho.
La norma también hace a un lado la patria potestad, pues las niñas mayores de 12 años no requieren el consentimiento de los padres o tutores para solicitar el servicio de aborto.
Nuevamente el Estado se autonombra educador y custodio de los niños, intentando quitar esta función a los padres de familia. Los menores de edad no se pueden tatuar sin el consentimiento de los padres para proteger su salud, pero sí pueden abortar y pedir anticonceptivos.
http://unpf.mx/blog/523-ninas-de-12-anos-pueden-abortar-sin-informar-a-sus-padres

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